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La maternidad para mujeres sin pareja masculina.

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En los últimos años estamos asistiendo a numerosos  cambios sociales entre ellos la independencia económica de la mujer lo que ha llevado a que muchas de ellas decidan afrontar la maternidad en solitario. También cada día son más  las mujeres  con pareja femenina que deciden ser madres.

La Ley Española sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida (14/2006) contempla ambas opciones y específicamente en su artículo 6 así lo indica:“Toda mujer mayor de 18 años y con plena capacidad de obrar podrá ser receptora o usuaria de las técnicas reguladas en esta Ley, siempre que haya prestado su consentimiento escrito a su utilización de manera libre, consciente y expresa. La mujer podrá ser usuaria o receptora de las técnicas reguladas en esta Ley con independencia de su estado civil y orientación sexual.”

Barcelona IVF ofrece todos los tratamientos disponibles en estos casos.

En una primera visita con el ginecólogo especialista en reproducción se orientará el caso y se le explicará según la edad, la reserva ovárica y la permeabilidad de las trompas el mejor tratamiento para ella.

El tratamiento de elección cuando las trompas son permeables y la función ovárica es correcta es la inseminación artificial con semen de banco (IAD). Si no se consigue el embarazo tras varias inseminaciones o si existe algún problema en las trompas entonces se indicará la  fecundación in vitro (FIV) con semen de banco. En ocasiones, sobre todo cuando existe una baja reserva ovárica se puede indicar la doble donación: donación de óvulos con semen de banco.

Tanto los donante de semen como de óvulos de acuerdo con la ley son anónimos y la confidencialidad de los datos sobre la identidad de los mismos corresponde al centro. Las pacientes pueden conocer información general de los donantes que no incluya su identidad. La elección del donante de semen o de la donante de óvulos sólo puede realizarla el equipo médico que realice el tratamiento procurando la mayor similitud física e inmunológica posible con la paciente receptora. Los donantes han de ser mayores de edad, con buen estado de salud psicofísica, y  no deben padecer ninguna enfermedad genética, hereditaria o infecciosa transmisible a la descendencia.

Los aspectos legales cuando interviene algún donante son importantes a la hora de optar por un tratamiento de reproducción asistida que lo requiera y en este aspecto la Ley Española es una de las más avanzadas a nivel mundial.

Otro aspecto que nunca hay que olvidar es el impacto emocional de estos tratamientos y hacer que la mujer se sienta acompañada durante todo el tratamiento cuando decide afrontar la maternidad en solitario.

Con el tiempo cada vez son más la mujeres que optan por una maternidad a pesar de no tener pareja masculina y ésto  no ha hecho más que empezar. Los modelos familiares están en constante cambio y evolución y la mujer  tiene muchas más opciones a la hora de ser madre que hace tiempo. 

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